¿Qué pasó con el caso del plagio de tesis de Pedro Castillo y Lilia Paredes?
El fiscal provincial de Cajamarca, Juan Tantalean, está a cargo de las pesquisas de oficio contra el presidente y su esposa, la primera dama Lilia Paredes, por los delitos de plagio agravado, falsedad genérica y cobro indebido en agravio del Estado, de la Sunedu y otras entidades.
Según el documento del fiscal provincial Juan Ramón Tantalean Olano se decidió «acumular la presente carpeta fiscal 313-2022 a la carpeta fiscal N.° 126-2022. En consecuencia, archívese los actuados en el modo y forma de ley».
Sin embargo, cabe señalar que en otro documento, el fiscal solicita «reservar provisionalmente» las investigaciones contra Castillo y Paredes por el presunto delito contra los derechos intelectuales en su figura de delitos contra los derechos de autor y conexos, en su modalidad de plagio, en agravio del Estado, la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) y la Universidad César Vallejo. Según Perú21, la disposición N°7-2022 del 10 de octubre, el fiscal Tantaleán pide esperar hasta recabar las declaraciones de los implicados y realizar otras diligencias.
En esa línea, caber resaltar que solo se procedió a ratificar que no se formalizará el caso por el delito contra la fe pública, por lo que el Ministerio Público continuará con la investigación en otras aristas del caso.
En el caso de la tesis del presidente Castillo se habrían cometido, al menos, dos ilícitos penales. El primero, plagio agravado, tipificado en el artículo 219 del Código Penal, que se sanciona con una pena de entre cuatro y ocho años de prisión.
El segundo delito penal que se habría cometido es del falsedad genérica, que se tipifica en el artículo 438 del Código Penal, con una sanción de entre dos y cuatro años de pena privativa de la libertad. “Ellos (Castillo y Paredes) han consignado en su tesis a dos personas que no existen, a dos validadores, y eso es falsedad genérica”, apuntó Carlos Caro, abogado penalista.