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Pedro Castillo sufre otro revés judicial: denuncia en el Congreso seguirá su curso

Redacción Vigilante Publicado 11:57 am, 20 junio, 2022

Corte Superior de Justicia ratificó en segunda instancia la improcedencia del hábeas corpus presentado por la defensa del presidente para anular la acusación constitucional por traición a la patria que podría derivar en la suspensión de sus funciones.

A la fecha, el Ministerio Público le ha abierto al presidente Castillo cuatro investigaciones preliminares, de las cuales dos están activas.

La Primera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia declaró improcedente, en segunda instancia, el hábeas corpus que la defensa legal del presidente Pedro Castillo presentó para que se archive la denuncia constitucional en su contra por traición a la patria que fue admitida a trámite por la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso.

Así, la sala determinó que el Parlamento actúa “en el marco de las funciones de control político establecidos en la Constitución”, mientras que Benji Espinoza, abogado de Castillo, adelantó que recurrirán al Tribunal Constitucional (TC) en un plazo máximo de 10 días.

La acusación constitucional fue interpuesta por el ex canciller Francisco Tudela y los ex congresistas Fernán Altuve y Lourdes Flores Nano, entre otros, luego de que el jefe de Estado declaró que llevaría a consulta popular la salida al mar para Bolivia en una entrevista con la cadena CNN en Español.

Tras las críticas y cuestionamientos, Castillo Terrones tuvo que ofrecer disculpas y descartó que ceder territorio a Bolivia

En tanto, Eduardo Pachas, otro de los abogados del presidente, alegó que el informe de calificación que declara procedente la denuncia consttitucional “vulnera la debida motivación en sede parlamentaria al adecuar el tipo penal a una conducta que nunca existió”.

Agregó las declaraciones de Castillo no atentan contra la integridad ni la soberanía de la nación, porque “no se está dando salida al mar a Bolivia ni tampoco se le está entregando la soberanía del mar peruano, de modo que nunca podría configurarse el delito de traición a la patria”.

SIn embargo, Corte Superior de Justicia señala en su fallo que “no puede suplir el criterio aplicado” por la subcomisión, a la hora de abrir proceso al mandatario. 

La resolución también señala que los jueces constitucionales no deben “desvirtuar” las funciones y competencias que “el constituyente ha asignado a cada uno de los órganos constitucionales”, en alusión al Congreso en este caso.

Además, la Primera Sala Constitucional señala que la justicia constitucional no puede tener injerencia en una decisión autónoma del Congreso, más aún cuando el jefe de Estado “podrá defenderse oportunamente de la imputación si prosperara el referido trámite exigiendo todas las garantías pertinentes”.

La sala también sostiene entre sus argumentos que, en una sociedad democrática, “los funcionarios y servidores públicos están más expuestos al escrutinio y a la crítica”.

“En consideración de este colegiado, el Congreso está realizando una labor de escrutinio de un funcionario público y al margen del resultado final de la investigación, no podría el juez constitucional paralizar su labor por diferencias en la concepción, delimitación e interpretación de los hechos”, remarca.

¿En qué estado se encuentra la denuncia?

El proceso que le sigue a Castillo en la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales está en una etapa avanzada. Se tiene previsto que en la semana del 27 de junio se presentará el informe final para su aprobación.

Luego, en la semana del 4 de julio se sustentaría en la Comisión Permanente y, si tiene luz verde, será sometido a votación en el Pleno. 

De aprobarse en esta instancia, el presidente será suspendido de sus funciones.

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