Fecha: 7 noviembre, 2024 Tipo de cambio : s/ 3.78

Indulto a Fujimori: ¿Puede la Corte IDH condicionar la decisión del Tribunal Constitucional?

La Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió un comunicado sobre el fallo del Tribunal Constitucional respecto a la liberación de Alberto Fujimori en el que ofrece un plazo de seis días al gobierno peruano para enviar un informe que “presente sus observaciones al referido escrito”. Además, recuerda que se mantiene vigente la obligación de abstenerse a liberarlo.
Gabriela Llontop Publicado 4:02 pm, 30 noviembre, 2023

El caso de la liberación a Alberto Fujimori sigue dando de qué hablar tras la decisión del Tribunal Constitucional (TC), la cual ordena la ejecución de la sentencia que permite que el expresidente salga del penal de Barbadillo, donde hoy cumple 25 años de prisión efectiva por los delitos cometidos en las matanzas de Barrios Altos y La Cantuta.

Según afirmó el presidente del TC, Francisco Morales, el Poder Judicial debe proceder con la liberación del exmandatario. En ese contexto, se alzaron voces de protestas debido a que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió un comunicado recordando el Estado peruano tiene la obligación de abstenerse a la liberación de Fujimori. Además, dispone un plazo máximo de 6 días para que el gobierno peruano envíe un informe que “presente sus observaciones al referido escrito”.

¿LA CORTE CONDICIONA?

Es preciso recordar que el fallo del máximo ente de interpretación de la Constitución Política del Perú declaró improcedente los pedidos de aclaración sobre el hábeas corpus interpuesto a favor de Fujimori. Es decir, permite que se ejecute la sentencia que restituye el indulto humanitario que Pedro Pablo Kuckynski firmó en 2017. Pero esta decisión no se lleva a cabo hasta el momento y, por el contrario, el TC le dio la última palabra al juzgado de Ica o al Instituto Nacional Penitenciario (INPE).

El abogado constitucionalista, Lucas Ghersi, comentó a Vigilante.pe que la actitud de la Corte es indebida, porque no puede intentar dejar sin efecto una sentencia del TC de forma implícita y agregó que lo que interpreta la Corte es que, en el fondo, existe un derecho humano de que una tercera persona vaya presa, pero esto termina desnaturalizando el concepto de protección de los derechos humanos.

Además, aseguró que las autoridades deben acatar lo dispuesto por el TC y viabilizar la salida de Fujimori de prisión. Sin embargo, reconoció que es probable que esto no ocurra. Ya que el propio TC “autosaboteó su sentencia” al permitir que entes externos tomen la decisión final.

“Lo que creo que va a pasar es que el Poder Ejecutivo va a decidir no acatar la sentencia del TC teniendo como base lo que ha dicho la Corte. Además, el TC no tiene ánimos de hacer cumplir de verdad la sentencia. Creo que dejará que la sentencia no sea ejecutada, por eso han sido ambiguos y poco claros en este acto de ejecución. Esto es lo que se conoce como una mecida, no va a haber ninguna liberación al señor Fujimori”, sentenció.

Por su parte, la abogada constitucionalista, Beatriz Ramírez, aseguró que la confusión respecto a cómo procederá el caso de Fujimori se centra en las declaraciones que ofrecen los magistrados a la prensa, pues afirman que el exmandatario debería salir de prisión pese a que el documento emitido por el Tribunal Constitucional no es explícito en la decisión.

En esa línea, declaró que “procesalmente ha sido adecuado. Declarar improcedente el pedido de aclaración, porque no era una aclaración lo que había que hacer, lo que realmente estaban pidiendo era un nuevo pronunciamiento, ya sea para que se ratifique o se rectifique. El TC no hizo ninguna de las dos cosas, declaró improcedente y ha devuelto al juzgado de Ica, que conoció el habeas corpus, para que resuelva”. En este sentido, la especialista señaló que el procedimiento ha sido adecuado y que, en realidad, es el juez de la jurisdicción que recibió el hábeas corpus el que debe tomar la decisión.

Gabriela Llontop Periodista y redactora

COMPARTIR NOTICIA