Fecha: 5 diciembre, 2024 Tipo de cambio : s/ 3.734

Denegatoria fáctica de la cuestión de confianza: «TC corrigió los errores del pasado»

Ahora es el Congreso es la única entidad que posee el poder para determinar cuándo se ha producido un rechazo, rehusamiento o negación de la confianza a las que se refieren los artículos 132, 133 y 134 de la Constitución, así como para determinar el alcance de dicho rechazo, rehusamiento o negación.
Paula Riolo Publicado 4:54 pm, 22 junio, 2023

Nuevo fallo del Tribunal Constitucional determinó que la denegatoria fáctica de la cuestión de confianza por parte del Poder Ejecutivo va en contra de lo estipulado en la Constitución y estableció que le corresponde únicamente al Congreso de la República determinar el rechazo, rehusamiento y negatoria de la cuestión de confianza ante la propuesta del Ejecutivo.

Con esta nueva sentencia, el TC anuló el fallo del acuerdo con el el Consejo de Ministros del 24 de noviembre del 2022, el cual establece que el rechazo de plano supone el rehusamiento o denegatoria de la cuestión de confianza, medida que fue utilizada por el expresidente Pedro Castillo para forzar el cierre del Congreso.

De igual manera, se determinó que el Congreso tiene la potestad de decidir el rechazo de plano de la cuestión de confianza y determinar si se utiliza el término “rechazar de plano” cuando así lo considere la Mesa Directiva.

¿QUÉ SIGNIFICA LA NUEVA SENTENCIA?

Domingo García Belaúnde, jurista y constitucionalista, explicó a Vigilante.pe que el Tribunal Constitucional está corrigiendo fallos anteriores: «Es una buena sentencia en términos generales, porque se están corrigiendo errores. El criterio correcto es este, porque la cuestión de confianza no puede ser interpretada por el Ejecutivo».

García Belaunde comentó que ahora existe la posibilidad de que Martín Vizcarra y Salvador del Solar, quienes abrieron el camino de la “denegatoria fáctica” en 2019,  sean denunciados constitucionalmente. «Aunque no hay delito, porque esto no es penal, si hay una infracción a la Constitución. Pero esto se sanciona solo con inhabilitación porque ambos ya no ocupan ningún cargo», dijo. En ese sentido, en el caso de Vizcarra, su tiempo inhabilitado de la política aumentaría, más no tendría que enfrentar algún proceso legal.

En el caso del ex presidente Pedro Castillo, García Belaunde explicó que este “intentó hacer un golpe de Estado que le falló, y la figura es otra porque quiso recurrir a la cuestión de confianza pero no llegó a eso».

 

 

 

Paula Riolo Periodista y redactora

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