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¿La nueva reforma de las AFP asfixia a los independientes?

La nueva reforma del sistema de pensiones exige que los trabajadores independientes de cuarta o quinta categoría generen aportes a las AFP. Expertos se pronunciaron sobre la medida y la calificaron como desproporcionada, debido a que no toma en cuenta el ingreso promedio de este grupo de personas ni un tope límite de edad. Según la economista Camila Costa, “en la práctica, (los empleados independientes) estarían "regalando" sus ahorros al sistema de pensiones".
Gabriela Llontop Publicado 1:03 pm, 25 Septiembre, 2024

La nueva reforma del Sistema Privado de Pensiones (SPP) cuenta con propuestas positivas que beneficiarán a los trabajadores formales. Sin embargo, la iniciativa que propone incluir por obligatoriedad a los trabajadores independientes como aportantes de las AFP resulta cuestionable, según expertos. Esto se debe a que la medida no fija un tope de edad para el afiliado y tampoco considera que los ingresos mensuales de estas personas es variable y, por lo general, suele ser menor a la remuneración promedio que percibe un empleado dependiente.

La norma indica que los trabajadores independientes de cuarta o quinta categoría están sujetos al aporte obligatorio del 2% de sus ingresos a partir del tercer año de vigencia de la Ley, incrementándose gradualmente hasta llegar al 5%. Pese a ello, no se especifica el umbral de edad del aportante, es por ello que analistas de la Asociación de Contribuyentes del Perú (ACP) aseguran que la medida resulta desproporcionada.

Si un empleado mayor a 40 años inicia el pago de aportes a un fondo privado de pensiones, nada asegura que éste obtenga una pensión adecuada al momento de su jubilación, debido a que el monto aportado sería insuficiente. Es preciso mencionar que, a julio de 2024, el 79% de los contribuyentes inscritos en la SUNAT eran independientes. Esta cifra asciende a 9,7 millones de personas.

Pese a ello, el 83.5% (alrededor de 9 millones de peruanos) no cuenta con el Registro Único de Contribuyente (RUC), lo que significa que solo el 16% de empleados independientes son formales. En este sentido, la medida no solo evitaría que este grupo de personas accedan a una pensión adecuada al momento de jubilarse, sino que también retrasaría los esfuerzos por formalizar a aquellos trabajadores que no emiten recibos por honorarios.

Para la economista principal de ACP, Camila Costa, “en la práctica, estarían “regalando” sus ahorros al sistema de pensiones sin la posibilidad real de obtener una pensión que les permita vivir dignamente en el retiro. Si le ponemos más trabas y costos a los independientes, es muy difícil que se formalicen. Esto los va a ahuyentar y lo que va pasar es que más independientes van a ser informales”.

A esto se suma que la remuneración mensual que perciben los empleados independientes es variable y, en promedio, suele ser de S/1,352.5 para aquellas personas que trabajan mediante esa modalidad entre 11 y 15 años. En el caso de aquellos que apenas inician su vida laboral, la media de ingresos es de S/710.1. ¿Acaso no es injusto exigir que estas personas, independientemente de su edad, tengan que aportar obligatoriamente al sistema de pensiones cuando esta medida les restaría liquidez para su día a día?

Gabriela Llontop Periodista y redactora

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