Fecha: 28 Abril, 2024 Tipo de cambio : s/ 3.745

Congreso modificó Decreto Legislativo que obligaba a poner el RUC en publicidad

Se modificó el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 152 y evita que los creadores de contenido publiquen su RUC y razón social en redes sociales.
Gabriela Llontop Publicado 5:03 pm, 8 Enero, 2024

El Congreso aprobó el proyecto de ley N° 5434 el 13 de diciembre, el cual fue presentado por la congresista Adriana Tudela (Avanza País). La iniciativa modifica el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1524, el cual obligaba a los creadores de contenido y/o empresas dedicadas a realizar campañas de marketing a publicar su número de RUC y su nombre o denominación social en toda documentación mediante la cual se oferten bienes o servicios.

Esta nueva norma fue aprobada para evitar que el trabajo de los influencers no cumpla sus objetivos, es decir que, se evitaría que esta información en los contenidos audiovisuales interfiera con la función de ofertar algún producto o servicio al consumidor. Por esta razón, entre los argumentos presentados por Tudela en el documento se lee lo siguiente: “En concreto, la necesidad de estipular el número del RUC y la razón o denominación social dentro del material publicitario digital, constituye una desnaturalización del mismo, el cual tiene como única finalidad ofertar productos y servicios”.

Asimismo, la legisladora afirmó que lo estipulado por el Decreto Legislativo “vulnera la finalidad de publicitar los signos distintivos de la empresa, en desmedro de su reputación marcaria, lo cual constituye uno de los activos más importantes”.

Pese a la aprobación de la norma antes de culminar la segunda legislatura del 2023, el Poder Ejecutivo no ha promulgado la Ley. El 22 de diciembre se remitió el archivo al despacho de la presidenta de la República, pues se espera que sea publicada lo más pronto posible a fin de evitar que las empresas e influencers se vean afectados por una multa que sanciona la infracción de no colocar el RUC en las respectivas publicaciones.

Cabe precisar que dicha sanción no fue aplicada entre el 1 de julio y 31 de diciembre de 2023, tal y como anunció la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (SUNAT) como medida para permitir que los usuarios se adapten a la nueva normativa. Sin embargo, esta multa sí puede ser aplicada a partir del 1 de enero de 2024 sin importar que una nueva Ley fuera aprobada por el Parlamento con el objetivo de prescindir de esta disposición.

Recordemos que el Estado debe ser el principal aliado de los contribuyentes, quienes pagan puntualmente sus impuestos y contribuyen con la recaudación tributaria nacional. Si bien el trabajo de los influencers es reconocido por la recomendación de bienes y servicios, imponer una medida que desvirtúa el objetivo de publicitar un contenido afecta directamente el alcance de las mismas publicaciones y, por ende, con el número de ventas de las empresas.

Gabriela Llontop Periodista y redactora

COMPARTIR NOTICIA