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ATU anuncia nuevo reglamento para regular el servicio de taxi en Lima y Callao

Redacción Vigilante Publicado 12:20 pm, 28 Enero, 2022

La Autoridad de Transporte Urbano publicó el nuevo reglamento que regulará la prestación de servicios en modalidad de taxi para Lima y Callao

El día de ayer, jueves 27 de enero, el ATU anunció el nuevo reglamento de transporte urbano que busca regular y optimizar el servicio de taxi en Lima Metropolitana y Callao. Con esta medida se espera que las autorizaciones para ofrecer dicho servicio tengan vigencia hasta por 10 años y que, además, puedan ser emitidas rápidamente; pues ahora solo se tendrán que seguir 5 procedimientos.

El Comercio conversó con Eduardo Beingolea Zelada, director de Integración de Transporte Urbano y Recaudo, quien expresó que esta normal busca facilitar la formalización de los taxistas. Del mismo modo, manifestó que también promueve la seguridad para los usuarios.

Frente a este punto, es preciso mencionar que el marco normativo propone que tanto usuarios como los propios taxistas utilicen una plataforma creada por la entidad. Esto con el objetivo de conocer el desplazamiento de cada unidad en tiempo real a través del sistema de control y monitoreo inalámbrico. Asimismo, con la implementación del código QR, quien decida utilizar este medio de transporte podrá conocer todo acerca de quien realizará el recorrido. Es decir, al escanear el código, el usuario tendrá conocimiento de la placa, autorización vigente, nombre del conductor y mucho más.

Por otro lado, el nuevo reglamento también propone el cambio de las modalidades de servicio a independiente y ejecutivo. Además, plantea que la antigüedad máxima de permanencia del automóvil sea de 15 años, sin embargo, transcurrido el tiempo permitido, existirán programas de apoyo de renovación y chatarreo para las unidades.

Asimismo, de acuerdo a la información de El Comercio, en el caso de los taxis de modalidad “Ejecutivo”, la norma promoverá mayor inclusividad. Pues, las empresas con una flota mayor o igual a 11 vehículos tendrán que contar obligatoriamente con un porcentaje de unidades aptas para personas con movilidades limitadas.

Mientras que, en el caso de antecedentes penales, no se permitirá que personas con un historial por delitos que trasgredan contra la libertad sexual y la vida de mujeres, niños y adolescentes puedan ofrecer el servicio. Así como tampoco aquellos que posean registros de violencia familiar, feminicidios, explotación sexual y otros.

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