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Trabajadores no sindicalizados podrán decidir si acatan o no una huelga

Indecopi declaró como barrera burocrática ilegal que no se permita asisitir a trabajar durante un periodo de huelga, debido a que afecta las actividades de las empresas. Medida fue dispuesta por el MTPE a mediados del 2022.
Paula Riolo Publicado 4:02 pm, 5 abril, 2023

La Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB) del Indecopi declaró que la paralización de procesos o actividades de una empresa durante una huelga es una barrera burocrática ilegal. El Ministerio de Trabajo dispuso esa medida en julio del 2022, con el Decreto Supremo N°14-2022-TR.

El Decreto Supremo N°14-2022-TR estableció que cuando un sindicato decidia ir a huelga, todos los trabajadores de la empresa están obligados a acatarla, sean parte del sindicato o no. Esta situación genera que la empresa tenga que paralizar sus actividades por completo por todo el tiempo que dure la manifestación.

Indecopi declaró esta norma como ilegal debido a que regular los procesos o actividades económicas de las empresas no forma parte de las competencias legales otorgadas al Ministerio de Trabajo. “El Indecopi reconoce el derecho de la empresa a operar en huelga. Con la resolución, si bien un sindicalista sigue obligado a acatar la huelga, el no sindicalizado tendrá derecho a decidir seguir laborando”, explicó el abogado laboralista Jorge Toyama.

La decisión de Indecopi podrá ser apelada ante la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi, dentro de los 15 días hábiles siguientes de notificada la resolución. El caso había sido presentado por La Positiva Vida Seguros y Reaseguros contra el MTPE y la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).

Es importante puntualizar que esta decisión fue resuelta en primera instancia, es decir, que podrá ser aplicada en la compañía demandante. Para que esta medida rija a todas las empresas, deberá ser ratificada en segunda instancia y publicada en normas legales.

El abogado laboralista César Puntriano, declaró para Gestión que el decreto del MTPE genera riesgos para la empresa en cualquiera de los dos casos. “La resolución de Indecopi está pensada tanto en un sindicato mayoritario, como en uno minoritario, pues podría darse el caso que todos los afiliados de un sindicato minoritario formen parte de un proceso productivo y este se podría paralizar”, explicó.

Paula Riolo Periodista y redactora

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