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Indecopi confirma la suspensión de la norma que prohíbe la tercerización laboral

Redacción Vigilante Publicado 10:53 am, 18 Octubre, 2022

El Tribunal de Defensa de la Competencia y de Protección de la Propiedad Intelectual emite resolución en segunda instancia a favor de todos los sectores productivos, y ordena a la Sunafil suspender cualquier inspección en materia laboral, incluso las que están en trámite al amparo del cuestionado decreto del MTPE.

El Indecopi confirma, en segunda instancia, declarar como barrera burocrática la limitación de la Tercerización (Andina).

En segunda instancia, el Tribunal de Defensa de la Competencia y de Protección de la Propiedad Intelectual del Indecopi declaró procedente la medida cautelar para que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) y la Sunafil se abstengan de aplicar a Cosapi Minería SAC (la empresa demandante) la norma que prohíbe la tercerización laboral.

Hace dos meses, en un fallo en primera instancia, Indecopi declaró el decreto que prohíbe la tercerización como una barrera burocrática ilegal, debido a la demanda interpuesta por la citada empresa, y determinó la inaplicación de la noma en todos los sectores económicos.

En la resolución confirmatoria además se ordena la suspensión de cualquier inspección en materia laboral, incluso las que están en trámite en el marco de la norma que prohíbe la tercerización, precisa Gestión.

En la parte resolutiva del fallo, en el tercer punto, se ordena como medida cautelar de oficio, que la “Sunafil se abstenga de aplicar las medidas objeto de controversia a cualquier administrado involucrado en su alcance (…) hasta que se emita un pronunciamiento definitivo”.

Ese pronunciamiento estará a cargo de la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas, pero mientras ello sucede, se suspenden la aplicación de la norma que prohíbe la tercerización laboral a todos los sectores productivos, explica el abogado laboralista Jorge Toyama.

El experto agregó que está resolución definitiva del Tribunal de Defensa de la Competencia y de Protección de la Propiedad Intelectual del Indecopi aún puede ser apelada por el MTPE o la Sunafil, pero por la vía judicial. Y mientras un juez no resuelva, lo que orden el Indecopi se tiene que cumplir.

Toyama sostiene que el pronunciamiento del Indecopi es un argumento más para que el Ejecutivo evalúe un cambio sustancial en la norma contra la tercerización, o en su defecto, el Congreso finalmente opte por su derogación.

La resolución en cuestión es un anticipo de lo que puede suceder cuando la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas resuelva el fondo del asunto, lo cual podría suceder antes de fin de año.

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