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¿Por qué se declaró infundada la apelación contra la detención preliminar de Castillo?

Redacción Vigilante Publicado 5:09 pm, 13 Diciembre, 2022

El juez César San Martín explicó que Pedro Castillo, al anunciar públicamente un gobierno de emergencia nacional, buscó alterar el ordenamiento constitucional. Por ello y otras razones se cumplen con los requisitos de detención en flagrancia delictiva y el plazo de 7 días es adecuado. Ahora la Fiscalía podría solicitar prisión preventiva.

A pesar de afirmar incontables veces que no cerraría el Congreso, esta medida la tomó el 7 de diciembre.

La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema confirmó la detención preliminar por siete días dictada contra el expresidente Pedro Castillo, a quien se investiga por perpetrar el golpe de Estado el pasado 7 de diciembre. Con esta decisión, la Fiscalía podrá solicitar prisión preventiva contra el exmandatario.

El juez supremo, César San Martín, brindó detalles de su decisión. El primer punto que abordó fue explicar de manera técnica a qué se referirán por “rebelión” y, en esa línea, sostuvo que esta no es necesariamente el alzamiento en armas y su ejecución, sino que también implica despojar del cargo a personajes que ejercen representación en el poder o impidiendo que realicen las facultades que constitucionalmente se les ha dado. El juez agregó que la participación intentada para la rebelión, también supone una conspiración.

Cabe recordar que en su mensaje, Castillo no solo disolvió el Congreso, sino que “reorganizó” el Tribunal Constitucional, la Fiscalía y la Junta Nacional de Justicia. Así, San Martín remarcó que a Castillo se le atribuye rebelión y conspiración, dado que estableció un “gobierno de Emergencia Nacional” y convocó a ronderos y sociedad civil a que respalde sus medidas.

Además, remarcó que Castillo, al anunciar públicamente un gobierno de emergencia nacional, buscó alterar el ordenamiento constitucional, la paz pública e incentivar a las Fuerzas Armadas al uso del armamento, así no se usen. “No es el mero habla, sino de una voluntad de alteración”, agregó el juez. Así, indicó que al estar en el inicio de la investigación, aún faltan datos, pero que en todo caso la información que se tiene “es suficiente para estimar tentativa de rebelión o conspiración”.

Sobre este punto, el juez agregó que esta situación se refuerza por las declaraciones de los jefes de las Fuerzas Armadas, del Ejército, Aníbal Torres y la expremier Betssy Chávez.

Todo ello sumó a la decisión de San Martín, pues los actos de presunta tentativa de rebelión se dio con “toda rotundidad” y el pronunciamiento fue público, por lo que al no tener respaldo, Castillo se quiso dar a la fuga. Cabe recordar que dichos delitos tiene como mínimo una pena de 10 años y alternativamente 5 años.

Sobre una obstaculización a las investigaciones, el juez sostuvo que “hay mucho que analizar” dado que el peligro de fuga es mayor, por lo que el aseguramiento del investigado es indispensable. San Martín explicó que se cumplen con los requisitos de detención en flagrancia delictiva y el plazo de 7 días es adecuado. Finalmente, indicó que la apelación a la detención de Castillo para su libertad, es denegada.

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