Fecha: 7 junio, 2025 Tipo de cambio : s/ 3.642

Ley MAPE: una nueva trampa que perpetúa la informalidad minera

Aunque promete formalizar la minería artesanal, el predictamen de la Ley MAPE en realidad repite los errores del pasado. Crea un nuevo registro sin reglas claras, abre la puerta a la minería en zonas prohibidas, debilita los controles ambientales y hasta perdona delitos.
Francisco Erazo Publicado 9:19 am, 6 junio, 2025

La Ley MAPE (Minería Artesanal y de Pequeña Escala) es una propuesta de norma que está a punto de discutirse en el Congreso. Busca reemplazar el actual REINFO —un registro que pretendía formalizar a los mineros informales— por uno nuevo llamado RENAPMAT.

Pero este cambio no soluciona los problemas. Al contrario, repite los mismos errores y los disfraza con otro nombre. Lo que se ve como una solución, en realidad podría agravar el problema de la minería informal y dañar el medio ambiente. Organizaciones como la SNMPE, DAR y expertos como César Ipenza y Hugo Che Piu coinciden en que esta propuesta legal representa un serio retroceso normativo.

Desde el punto de vista legal, ambiental y económico, el predictamen presenta una serie de disposiciones que perpetúan la informalidad, socavan la seguridad jurídica y generan incentivos perversos que afectan al sector formal y al medio ambiente.

UN REGISTRO QUE NO CAMBIA NADA

El RENAPMAT inscribe automáticamente a todos los que ya estaban en el REINFO, sin pedirles nada nuevo. Es como cambiarle el nombre a un club donde nadie cumple las reglas.

En lugar de cerrar el ciclo de la informalidad, este nuevo registro extiende el problema indefinidamente. No hay fecha límite para que los mineros se formalicen, ni sanciones si no lo hacen. El riesgo es claro: los mineros no tienen presión para cumplir con los requisitos, porque saben que el Estado siempre extenderá los plazos o creará nuevos registros. Además, no se definen mecanismos de exclusión ni una ruta clara hacia la formalización completa.

LA SERVIDUMBRE MINERA

Se establece una figura de “servidumbre minera”, donde el pequeño minero puede explotar parte de una concesión formal sin acuerdo previo con el titular. Esto vulnera el derecho exclusivo de aprovechamiento del recurso, garantizado en la Constitución y la Ley General de Minería. “El mensaje que se envía es que la propiedad y la legalidad pueden ser relativizadas si hay presión política”, alerta César Ipenza, abogado ambientalista. La inseguridad jurídica que esto genera pone en riesgo la inversión en exploración y desarrollo minero formal.

Eso sería como si el Estado le dijera a alguien: “tu casa está vacía, así que otro puede vivir ahí aunque no quieras”.

MINERÍA EN ZONAS PROHIBIDAS

La norma también habilita la minería aluvial —altamente contaminante— en zonas de amortiguamiento de áreas naturales protegidas y cabeceras de cuenca, a pesar de que existen restricciones legales y fallos del Tribunal Constitucional que lo prohíben. De acuerdo a una sentencia del TC tribunal Constitucional (STC Exp. N° 0022-2011-PI/TC), la minería aluvial está prohibida en zonas protegidas por su alto nivel de contaminación. Además, la Ley de Áreas Naturales Protegidas prohíbe actividades extractivas sin autorización expresa del SERNANP, la cual no se exige en el predictamen.

Se debilitan además los requisitos ambientales: en vez de estudios técnicos, bastaría una declaración jurada para acreditar que no hay restos arqueológicos en la zona de explotación.

SIN CASTIGO PENAL PARA ACTIVIDADES ILEGALES

La propuesta dice que los mineros inscritos en el RENAPMAT no serán responsables penalmente por hacer minería ilegal mientras estén “en trámite” de formalización. Pero no dice cuándo ese trámite termina. Así que podrían estar años cometiendo delitos sin consecuencias.

Esta exoneración penal contradice lo dispuesto por el Tribunal Constitucional, que ha declarado inconstitucional eliminar responsabilidad penal por minería ilegal. Además, sin definición clara de cuándo se adquiere el derecho (inicio o final del trámite), se crea un “vacío legal” que permite operar sin sanciones por tiempo indefinido.

LO QUE PARECE UNA SOLUCIÓN, PUEDE SER UN RETROCESO

Este predictamen no soluciona el problema de la minería informal. Lo maquilla y agudiza. En lugar de exigir reglas claras y justas para todos, relaja los controles, abre zonas sensibles a la minería y debilita la autoridad del Estado.

El nuevo registro RENAPMAT no es un avance: es una extensión del REINFO con otro nombre que solo genera incentivos para que sigan apareciendo más informales e ilegales. Y mientras tanto, se pone en riesgo el medio ambiente, la propiedad legal, los derechos de comunidades indígenas y se lanza un mal mensaje: que el esfuerzo de formalizarse no vale la pena.

 

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