¿La Ley de Extinción de Dominio es una figura confiable?
La Ley de Extinción de Dominio, regulada a través del Decreto Legislativo N° 1373, es utilizada directamente como medida para combatir la criminalidad organizada, trasladando a titularidad del Estado todos aquellos bienes que provienen o son objeto de actividades ilícitas (o cuando se tiene sospecha de ello). Pero, ¿esta norma es confiable o acaso es un mecanismo que puede ser utilizado para cometer excesos durante los procesos judiciales?
Un análisis de la Asociación de Contribuyentes del Perú (ACP), determinó que el principal cuestionamiento de la norma se centra en que, al ser un proceso penal autónomo, el juez puede decidir si un bien tiene o no una procedencia ilícita sin la necesidad de una sentencia judicial que lo compruebe, ya que el origen ilícito del bien necesariamente se estaría viendo en otro proceso judicial. Esto, porque ambos procesos pueden iniciarse en paralelo.
Un segundo punto puesto en análisis es que la Ley de Extinción de Dominio le impone al acusado la responsabilidad de probar su inocencia. Tal y como indicó el abogado principal de ACP, Diego Gómez, la carga de la prueba usualmente recae sobre el fiscal a cargo del caso. Es decir, el fiscal debe probar los hechos al momento de presentar su acusación. No obstante, esta norma permite que la Fiscalía acuse basada solo en indicios razonables, lo cual obliga a la parte demandada a presentar pruebas que demuestren su inocencia.
El abogado mencionó que “el TC ya se ha pronunciado sobre este tema, resaltando que no puede trasladarse la carga de la prueba a quien soporta la imputación, porque se vulneraría el principio de presunción de inocencia y el imputado estaría inmerso en una situación desventajosa”.
Las interrogantes sobre si esta Ley es positiva surge a raíz de los argumentos antes expuestos, pero también por ciertas denuncias o casos en trámite en los cuales se configurarán abusos en el uso de esta figura legal. Un ejemplo de ello es la disputa legal entre la ONG Kené, presidida por la ambientalista Lucila Pautrat, y TAMSHI, una empresa productora de cacao en Loreto que viene siendo acosada por esta organización desde hace más de 10 años con denuncias por presuntos delitos de tráfico ilegal de madera, deforestación, entre otros (todas declaradas infundadas o rechazadas en los tribunales).
Ahora la ONG vuelve a la carga, y está intentando atacar a la empresa, a través de la figura de la extinción de dominio, sin que exista documentación suficiente que pruebe la comisión de algún delito grave. Entonces, ¿el Estado permitirá que se sigan cometiendo excesos con el uso malintencionado de esta figura legal o será capaz de regular su uso de manera más restringida (sin perder su objetivo principal de luchar contra la delincuencia) con el objetivo de no perjudicar a empresas y personas jurídicas?