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Delegación de facultades tributarias: los riesgos y beneficios que todo peruano debe saber

¿Cómo entender el pedido del Ejecutivo para tener facultades legislativas en materia tributaria? ¿Supone un riesgo para los contribuyentes? La Asociación de Contribuyentes del Perú analizó algunas de las medidas y explicó cómo puede afectar a los peruanos. En el pedido está la “tasa netflix”, la reestructuración del Tribunal Fiscal, eliminar el Régimen Especial a la Renta (RER) y el REMYPE para crear el “Régimen Emprendedor”.
Gabriela Llontop Publicado 2:28 pm, 27 mayo, 2024

El gobierno, a través del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), proponen subir y crear más tributos para incrementar el nivel de recaudación en Perú. Para ello, requiere que el Congreso le delegue facultades para legislar en materia económica, sin embargo, ¿el contribuyente realmente necesita pagar más dinero mediante impuestos al Estado?

Una de las propuestas del Estado es ampliar el sistema de recaudación del IGV (18%) para servicios de streaming como Netflix. Hasta ahora, la regulación no permite que la Sunat grave impuesta a servicios extranjeros, no obstante, sí podría obligar a los usuarios de esta plataforma. Un análisis de la Asociación de Contribuyentes del Perú (ACP) reveló que esto podría traer consecuencias poco satisfactorias, debido a que los consumidores estarían pagando mucho más por el mismo servicio (el impuesto y la tarifa bancaria).

Para el tributarista Jorge Picón, la recaudación del IGV mediante entidades bancarias implica un costo adicional por transacciones (Impuesto a las Transacciones Financieras) que solo lo asume el usuario. Esto obligaría a los peruanos a no solo pagar el 18% del IGV, sino también la tarifa bancaria y el costo base del servicio adquirido. Por ejemplo, para un plan premium de Netflix de S/45, el IGV sería S/8 adicionales. Si se suman posibles comisiones bancarias, el costo total podría ascender a S/60 mensuales, lo que representa un incremento del 30% en la tarifa actual.

MÁS REGULACIÓN: ANÁLISIS DE LAS PROPUESTAS

En la misma línea, otra propuesta se basa en la reestructuración del Tribunal Fiscal, donde se aplican nuevos supuestos de medida cautelar preventiva, lo cual permite a la Sunat cobrar de manera coactiva a las empresas, incluso sin haber sido fiscalizadas o estando en litigio. De acuerdo al análisis de ACP, esta medida resulta riesgosa para los contribuyentes, debido a que la Sunat podría reactivar sanciones basándose únicamente en la presunción de culpabilidad, sin esperar una resolución del Tribunal Fiscal.

El Poder Ejecutivo propone eliminar el Régimen Especial a la Renta (RER) y el REMYPE para crear el “Régimen Emprendedor”. Hasta el momento, no existe mayor información al respecto, pero se cree que está diseñado para simplificar y fomentar la formalización de empresas, pese a que no proporciona suficientes incentivos. Se plantea la incorporación al Nuevo RUS o al Régimen General (RG), este último aplica una tasa de 29.5%, lo cual podría desincentivar a las micro y pequeñas empresas a formalizarse.

Por otro lado, la regulación de las casaciones en materia tributaria supone graves riesgos para los trabajadores formales debido a que petardea la legitimidad jurídica y la separación de poderes. Actualmente, la Sunat pierde una gran cantidad de procesos en el Poder Judicial. Si se accede a que el MEF regule frente a las decisiones del Tribunal Fiscal, se perdería totalmente la independencia del sistema judicial, pues se permitiría una posible interferencia en los fallos judiciales.

INICIATIVAS FAVORABLES

Asimismo, el Ejecutivo plantea la delegación de facultades para modificar el código tributario para que se cumplan fraccionamientos como el Régimen de Reactivación a través del Sinceramiento de las Deudas Tributarias (RESIT). Esto permite que las empresas con tributos no declarados o en litigio puedan regularizar su situación financiera. En este sentido, pueden pagar el impuesto completo, mientras que la multa se elimina y el interés moratorio se reemplaza por el Índice de Precios al Consumidor (IPC). Para la economista principal de ACP, Camila Costa, “esta medida es positiva, ya que reduce significativamente la carga financiera de las empresas, facilitando su cumplimiento tributario y liberándose de pasivos contingentes”.

Gabriela Llontop Periodista y redactora

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