Menos impuestos, más peruanos prósperos: impulsan ley que amplía deducciones al Impuesto a la Renta
En un esfuerzo por revitalizar la economía peruana, fomentar la formalidad y darle más beneficios a los contribuyentes, la Comisión de Economía del Congreso aprobó una propuesta para modificar la Ley del Impuesto a la Renta (IR), permitiendo a los contribuyentes de cuarta y quinta categoría deducir una serie de gastos vinculados a educación, salud, intereses hipotecarios, alimentos y pasajes aéreos.
El objetivo principal de esta propuesta es aumentar el poder adquisitivo de los contribuyentes, lo que se espera tenga un efecto multiplicador en la economía, incentivando el gasto en sectores formales y mejorando la recaudación fiscal. Además, la deducción de gastos en educación y salud contribuirá al desarrollo económico a largo plazo mediante la creación de una fuerza laboral más capacitada y saludable.
Esta medida generaría, al menos, tres beneficios: al incentivar a los contribuyentes a exigir comprobantes de pago válidos, se amplía la base tributaria, reduciendo la evasión fiscal y promoviendo la inclusión de negocios en el sector formal; se aumenta la disponibilidad de dinero entre los trabajadores formales, este mayor poder adquisitivo puede traducirse en un incremento del consumo de bienes y servicios, estimulando la demanda interna; y deducir gastos en salud y educación no solo beneficia económicamente, sino que también contribuye a la formación de capital humano.
Es importante señalar que este tipo de medidas no es reciente, pues desde el 2016 se permite a los trabajadores de cuarta y quinta categoría deducir hasta 3 UIT adicionales a las 7 UIT exoneradas para el pago del IR, pero para ello deben sustentar sus gastos con comprobantes de pago validados por la Sunat. En 2019, se amplió la lista de servicios deducibles, incorporando el 15% del consumo total en restaurantes y hoteles, sectores con altos niveles de informalidad, y otros.
Aunque la medida tiene un costo fiscal significativo (S/ 1,470 millones anuales), como explicamos líneas arriba, su impacto potencial en la formalización y reactivación económica puede justificar este gasto. Sin embargo, es crucial que se realicen estudios para evaluar el verdadero impacto de deducciones anteriores. La evidencia sugiere que estas deducciones, de forma aislada, no han tenido un impacto sustancial en la formalización. Entonces, para lograr un verdadero impacto, es necesaria una reforma integral que incluya medidas como la reducción de impuestos y la eliminación de trabas que deben beneficiar tanto a las empresas como a los trabajadores.
No obstante, en el contexto económico actual, donde el MEF asfixia a los formales creando y aumentado impuestos, es necesario darle un respiro a los contribuyentes y potenciar las deducciones a su favor. Además, ante el costo fiscal que se generaría, este debería ser asumido por la burocracia estatal, mediante la reducción de las planillas, consultorías, gasto corriente, etc. La propuesta actual es un paso en la dirección correcta, pero debe ser parte de un enfoque más amplio y coordinado para maximizar su efectividad y beneficios para la economía peruana.
LA DATA
- Educación: deducción del 50% de los gastos en educación propia y de hijos hasta 22 años.
- Salud: deducción del 40% de los gastos en salud (atención médica y servicios quirúrgicos) para el contribuyente, su cónyuge, hijos hasta 18 años y mayores de 18 años (Conadis)
- Intereses Hipotecarios: deducción del 70% de los intereses de créditos hipotecarios para la adquisición o construcción de una primera vivienda.
- Alimentos:deducción del 30% de los gastos de adquisición de alimentos.
- Alimentos para hijos: deducción del 70% de los gastos por alimentos determinados por resolución judicial firme o acuerdo conciliatorio.
- Pasajes: deducción del 50% de los gastos por compra de pasajes aéreos o terrestres al interior del país.
- Veterinaria: deducción del 40% de los gastos en servicios veterinarios, medicina veterinaria y operaciones quirúrgicas para animales domésticos.
Informe realizado por la Asociación de Contribuyentes del Perú y publicado en Perú21.