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Partido político A.N.T.A.U.R.O en la cuerda floja: ¿Se puede declarar su ilegalidad?
Según el abogado especializado en procesos penales, Julio Espinoza Goyena, el procedimiento debe conocerlo el Juez Supremo de Investigación Preparatoria (primera instancia) y, luego, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema (en segunda y última instancia). Por su parte, Villalobos, debe crearse una sala especial o darle la competencia a la sala constitucional y social.