Fecha: 20 noviembre, 2025 Tipo de cambio : s/ 3.366

Mar Tropical de Grau: desmintiendo el supuesto daño de la pesca industrial en el norte

La campaña para impedir la pesca industrial se ha extendido hasta el norte, pero las normas y los documentos oficiales no respaldan la existencia de una prohibición absoluta ni un daño demostrado en el Mar Tropical de Grau.
Redacción Vigilante Publicado 5:00 am, 20 noviembre, 2025

El debate sobre la pesca industrial en Áreas Naturales Protegidas ha regresado a la agenda pública. Tras las controversias generadas en Paracas y la Dorsal de Nasca, algunos grupos ambientalistas han adelantado que su siguiente objetivo será restringir la actividad pesquera en el Mar Tropical de Grau, una de las áreas marinas más diversas del país.

Sin embargo, esta narrativa no se sostiene en el marco legal vigente ni en la información técnica disponible. Como en otros casos, se difunde la idea de que la pesca industrial está prohibida o que representa un riesgo comprobado para el ecosistema, pese a que los documentos oficiales que sustentaron la creación del área protegida no respaldan estas afirmaciones.

Es mentira que la pesca industrial esté prohibida por ley en el Mar Tropical de Grau

El Decreto Supremo que crea la Reserva Nacional Mar Tropical de Grau define sus sectores, objetivos y zonificación, pero no establece una prohibición absoluta de actividades pesqueras. En el sistema peruano de ANP, lo que determina la compatibilidad de una actividad es la zonificación interna y el Plan Maestro, no una prohibición general.

La Ley de Áreas Naturales Protegidas —vigente desde 1997— permite el aprovechamiento de recursos a partir de las cinco millas, cuando es compatible con la conservación y bajo fiscalización, criterio que se aplica también a esta reserva. Por ello, afirmar que la pesca industrial está prohibida distorsiona la normativa real.

Es mentira que existan estudios concluyentes que demuestren un impacto negativo

Hasta el momento, el Estado peruano no ha publicado estudios integrales y concluyentes que establezcan impactos negativos específicos de la pesca industrial en los sectores que conforman la reserva del Mar Tropical del Grau: Isla Foca, Cabo Blanco–El Ñuro, Arrecifes de Punta Sal y Banco de Máncora.

Las fuentes oficiales señalan que la creación del área se basa en criterios de conservación —como biodiversidad y conectividad ecológica—, pero no existe ningún documento que concluya de manera categórica que la pesca industrial cause daños comprobados en las zonas delimitadas. Tampoco existe evidencia que impida cualquier tipo de actividad regulada fuera de las cinco millas.

Es verdad que existe un intento de replicar campañas de desinformación

Colectivos ambientales han anunciado que buscarán “cerrar” la zona norte a la pesca a gran escala, incluso antes de que el Estado publique evaluaciones de impacto o planes de manejo específicos. Este patrón —difusión de mensajes absolutos, confusión pública y presión política— ya se observó en las controversias previas. Como resultado, el debate se polariza y se reemplaza el análisis técnico por campañas mediáticas.

La conservación del Mar Tropical de Grau es fundamental, tanto por su biodiversidad como por su importancia para las economías locales. Pero proteger no significa prohibir sin evidencia. La normativa peruana deja claro que las restricciones deben respaldarse en:

  • Evaluaciones técnicas formales.
  • Zonificación clara.
  • Planes Maestro aprobados.
  • Fiscalización efectiva.
  • Compatibilidad comprobada con los objetivos de conservación.

La discusión sobre la pesca en el norte no debe repetir los errores de otros debates: simplificar, exagerar o asumir impactos no demostrados. Si el Perú desea conservar su riqueza marina sin sacrificar actividades productivas compatibles, necesita decisiones proporcionales, transparentes y basadas en hechos. En un Estado de derecho, las áreas protegidas se defienden con ciencia y legalidad, no con campañas que fabrican prohibiciones inexistentes.

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