1 Suspensión del registro de deudas no reconocidas de Infocorp: ¿qué opinan las entidades? - Vigilante
Fecha: 21 noviembre, 2024 Tipo de cambio : s/ 3.792

Suspensión del registro de deudas no reconocidas de Infocorp: ¿qué opinan las entidades?

El proyecto de ley que propone suspender los registros de Infocorp con el objetivo de proteger a aquellos ciudadanos que tienen deudas no reconocidas en las centrales de riesgo será debatido en la Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso. Entidades como la SBS e INDECOPI sugieren que no se aprueba la norma, debido a que la catalogan como inviable.
Gabriela Llontop Publicado 4:52 pm, 21 junio, 2024

En la Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso se debatirá la iniciativa para suspender los registros de Infocorp con el objetivo de proteger a aquellos ciudadanos que tienen deudas no reconocidas en las centrales de riesgo de la entidad. La iniciativa fue presentada por la congresista Katy Ugarte, del Bloque Magisterial, y busca suspender de manera temporal la publicación de estas deudas hasta el momento en el que se demuestre la responsabilidad. Es decir, que no sea información pública a menos que se evidencie que el ciudadano está endeudado.

La medida no solo intenta proteger la imagen financiera de las personas, sino también su salud emocional. Pese a ello, los expertos advierten que esta iniciativa podría provocar un aumento masivo de reclamos injustificados por parte de ciudadanos que creen verse afectados por aparecer en los registros de Infocorp. Esto podría tener serias consecuencias en el mercado financiero.

OPINIONES

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) se pronunció al respecto y aseguró que este proyecto de ley no es viable, debido a que, en el supuesto de que la norma sea aprobada y el consumidor pueda efectuar un reclamo ante la entidad al desconocer la deuda, se le “permitiría acceder a otros créditos los cuales, en caso el reclamo o denuncia culmine indicando que la operación fue válida, implicaría que el consumidor habría asumido deudas posteriores que podrían generar un sobreendeudamiento”.

En la misma línea, la Superintendencia de Banca y Seguros del Perú (SBS) también emitió sus descargos y recalcó que cuentan con “un marco regulatorio que contempla disposiciones que buscan proteger al consumidor financiero, en el marco de la prevención de fraudes y la gestión de reclamos, incluyendo medidas asociadas a los reclamos por operaciones no reconocidas. (…) La aprobación de las iniciativas legislativas materia de análisis generaría una afectación a la supervisión que la SBS realiza a las empresas del sistema financiero ya que una supervisión efectiva requiere el reporte total de los saldos que se registren en el balance de comprobación de la empresa supervisada, en perjuicio de una correcta evaluación de su solvencia y situación financiera”.

Por su parte, la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) emitió un oficio ante la referida comisión analizando la propuesta y recordando que la existencia de las Centrales privadas de información de riesgos (CEPIRS), las cuales ya cumplen la función de aplicar la legislación especial a los casos que pongan en duda el registro de una deuda. Por ello, concluyen que la medida no debería ser aprobada, pues nada indica que la justificación sea lo suficientemente técnica.

Gabriela Llontop Periodista y redactora

COMPARTIR NOTICIA