Fecha: 28 Septiembre, 2024 Tipo de cambio : s/ 3.716

Ejecutivo debe observar la Ley Soto de Telecomunicaciones: petardea la inversión privada

Según expertos en telecomunicaciones, la Ley impulsada por Alejandro Soto, presidente del Congreso, atenta contra la inversión privada, alienta la competencia desleal e imposibilita el cumplimiento del derecho de libertad.
Gabriela Llontop Publicado 1:31 pm, 12 Junio, 2024

El Congreso aprobó la denominada Ley de Alejandro Soto sobre Telecomunicaciones, la cual fue duramente cuestionada por expertos debido a la obligatoriedad que impone sobre las empresas de cable a transmitir contenidos de señal abierta, a pesar de que el consumidor pagó por programas diferenciados. La norma ha sido catalogada como una medida que atenta contra la inversión privada, pues no solo promueve la competencia desleal, sino que impide a los ciudadanos a desarrollar libremente su derecho de consumir los contenidos de su preferencia.

Si bien el Parlamento ya emitió su voto para jugar en pared con empresas locales y/o regionales que pretenden emitir sus contenidos de señal abierta por cable o con políticos que, posiblemente, intenten emitir publicidad durante la campaña electoral 2026 para obtener mayor alcance de audiencia, el Poder Ejecutivo aún tiene una tarea crucial por cumplir: en manos de la presidenta Dina Boluarte se encuentra la tarea de observar la norma y evitar su promulgación y, posterior, cumplimiento.

Especialistas en telecomunicaciones como el ingeniero Ángel Paz exhortaron a la mandataria a evitar que esta Ley sea publicada, debido a que afectaría seriamente a las empresas privadas que brindan este servicio. Cabe precisar que el experto analizó la propuesta y señaló una serie de puntos por los cuales es inviable. En primer lugar, las compañías de telecomunicaciones no solo tendrán que hacerse responsables por los costos operativos, adecuación y transporte de señal abierta al cable, sino que también tendrán que pagar por el mantenimiento y operación de las antenas. Costos adicionales que ponen en jaque su rentabilidad.

En la misma línea, el especialista afirmó que las empresas de cable registrarán pérdidas por publicidad, debido a que los contenidos de señal abierta podrán emitir este tipo de anuncios sin pagar un sol por su transmisión. Es decir, son ganancias líquidas para el canal de señal abierta.

A su vez, hay quienes afirman que la norma podría beneficiar a grupos políticos bajo la excusa de emitir noticias y programas locales y regionales. Sin embargo, los ciudadanos ya cuentan con estos contenidos en la señal abierta y no existe una verdadera necesidad para pagar por ellos u obligar que empresas privadas transmitan estos canales.

Un dato revelador es que el presidente del Congreso y principal impulsor de la Ley, Alejandro Soto, logró emitir una entrevista a sí mismo, gracias la Compañía de Televisión Cusqueña (CTC) durante la campaña electoral 2021. Sus nexos laborales con los directivos de esta compañía trascendieron en el tiempo, tanto así que el gerente general de CTC, Miguel Alencastre Pérez, fue contratado como asesor de su propio despacho cuando fue electo congresista.

Entidades se sumaron al análisis de la propuesta y señalaron que la norma es antitécnica. El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) mencionó a través de un documento que la iniciativa “no ha considerado una potencial afectación al derecho a la libertad de empresa que ostentan los prestadores de servicios públicos de telecomunicaciones”. Por su parte, Indecopi precisó que la propuesta legislativa no evaluó que la población ya tiene acceso a plataformas de internet para poder acceder a otro tipo de contenidos. Del mismo modo, indicó que “si bien se plantea que la inclusión de los canales de señal abierta (…) ni la propuesta normativa ni su exposición de motivos han previsto que existe la posibilidad de que ambas partes no lleguen a un acuerdo, lo cual puede generar problemas a futuro”.

Osiptel también se pronunció sobre el hecho y precisó que tener televisión cable “no imposibilita a la población recibir la señal de televisión abierta; puesto que el usuario puede configurar su equipo terminal (televisor) a su elección; y, en cualquier momento puede alternar la recepción de los canales del servicio de distribución de radiodifusión por cable o de televisión abierta”.

Gabriela Llontop Periodista y redactora

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