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#MuniAbusiva: Aprueban ley que impide el cierre arbitrario de negocios

La nueva ley exige que los fiscalizadores municipales clausuren temporalmente los locales siempre y cuando sustenten que las observaciones ponen en grave peligro la vida humana.
Gabriela Llontop Publicado 11:53 am, 6 octubre, 2023

¡Buena noticias! Con el objetivo de frenar el cierre arbitrario de negocios por parte de las municipalidades abusivas, se impulsó un proyecto de ley que exige a los funcionarios municipales clausurar temporalmente los locales solo cuando las faltas cometidas representen un riesgo inminente contra la vida de las personas que laboran en el lugar, clientes o quienes frecuentan la zona. Esta iniciativa legislativa fue aprobada con 86 votos a favor, 22 en contra y 9 abstenciones. Cabe recordar que la iniciativa fue impulsada por el congresista Hernando Guerra García, quien falleció recientemente.

Durante la exposición en el Pleno, la congresista de Fuerza Popular, Martha Moyano, intervino a nombre del autor del proyecto de ley y aseguró que esta norma será de gran ayuda para los pequeños y medianos empresarios que buscan mejorar la rentabilidad de sus empresas y, asimismo, será fructífera para los propios municipios, debido a que servirá de ejemplo para que todos los negocios mantengan su documentación y las condiciones mínimas de seguridad en regla.

“Nano pensaba que el Estado debía ser un articulador. Desde la bancada de Fuerza Popular creemos en ese binomio de empresa y municipio. Si nosotros no le damos facilidades al emprendimiento, todo queda en palabras. Sé que algunos creen que va a perjudicar a las municipalidades, pero no es así. Esto va a lograr que juntos todos crezcan, más empresas, más tributos, más mejoras”, sentenció.

CLAUSURAS TEMPORALES Y MULTAS ADMINISTRATIVAS

La clausura de un local podrá hacerse efectiva como medida preventiva cuando existan circunstancias al interior o exterior del establecimiento comercial que pongan en peligro la vida de un individuo. Esto impide que los fiscalizadores cierren arbitrariamente un local si la falta puede ser subsanada de manera inmediata.

Asimismo, la ley prohíbe que los funcionarios actúen en detrimento de la empresa únicamente por incumplir normas administrativas como no contar con la licencia de funcionamiento vigente, siempre y cuando se acredite que no se transgrede con lo establecido en el numeral 5.1. Para corroborar que las labores fiscalizadoras se realicen con total transparencia, la iniciativa exige que toda clausura sea registrada en video. Es importante precisar que las clausuras definitivas solo se llevarán a cabo tal y como lo indica la Ley N° 27444 o Ley del Procedimiento Administrativo General.

En el caso de las multas administrativas, los funcionarios no podrán recibir dinero a cambio de aperturar los locales clausurados, pues podría confundirse como un acto coercitivo. Por ello, las multas solo serán aplicadas tras la subsanación de las observaciones y la apertura del local.

Gabriela Llontop Periodista y redactora

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