Stranger Things: Clausuras y más, por Diethell Columbus
El controvertido cierre del icónico restaurante «La Granja Azul» se convirtió en un fenómeno viral, obviamente por la mediatización que rodeó tal situación. Pero permítanme señalar, con la delicadeza propia del ámbito político, que no justifico en absoluto la actuación municipal, pues considero que esta dista de ser un ejemplo pulcro. Los hechos posteriores a la clausura insinúan un enfoque que podría calificarse, en términos educados, como poco prolijo.
No obstante, no podemos perder de vista que este no es un caso aislado, sino parte de una serie de episodios similares, o incluso más groseros, que permanecen en las sombras por diversas razones. En este contexto, Nano Guerra García ha propuesto un proyecto de ley con el fin de contener esta problemática de clausuras arbitrarias, que acecha a los negocios de nuestros barrios. El proyecto ha avivado controversias, aunque me permito afirmar que la agitación es más producto de la pasión que de la verdadera sustancia o fundamentos técnicos.
Es necesario destacar que esta iniciativa no tiene intención de restringir las competencias municipales, sino más bien de instar a un ejercicio responsable de las mismas, prevaleciendo siempre el menos común de los sentidos. Las municipalidades podrán continuar con las clausuras temporales por infracciones sanitarias, falta de licencia de funcionamiento, temas de seguridad o gestión de riesgos de desastres. Lo que ya no podrán hacer son las clausuras por “quítame esta paja”.
Por ejemplo, en muchos distritos, la ausencia de una copia de la licencia de funcionamiento en una bodega u otro emprendimiento desencadena una clausura temporal. Más allá de las excusas que puedan dar, esto no solo es arbitrario, sino también ilegal, ya que la Ley 27444 prohíbe exigir documentación que ya está en posesión de la entidad municipal. Si hay dudas, el fiscalizador puede simplemente llamar a su central y verificar, sin más rodeos, si tal o cual comercio cuenta o no con autorización de funcionamiento. No es tan complicado ¿no?
El proyecto de Nano es de gran relevancia, sin embargo, la raíz de estas malas prácticas yace en la interpretación caprichosa que se tiene de la autonomía municipal a que se refiere la Constitución, esa misma que algunos equiparan en la praxis con autarquía funcional; permitiéndose actuar como antiguos señores gamonales sus distritos o provincias.
Un claro ejemplo de cómo la autonomía municipal ha degenerado en un desvarío, un absurdo que ilustro en mi clase de derecho municipal, es el que muestra cómo ciertas municipalidades han cruzado el Rubicón de lo razonable (y no son pocas) al tejer realidades normativas paralelas.
Los casos son tan irrisorios como surreales. Emiten ordenanzas que declaran que tal o cual ley no rige en su territorio porque, sencillamente, no quieren que rija. Aquí les dejo dos joyas de la audacia:
- La Municipalidad Provincial de Trujillo, en un capricho que desafía la lógica, no quiso someterse al escrutinio de INDECOPI y lo dejó claro en su Ordenanza 016-MPT. Estableció, con arrogancia, que el Artículo 26 BIS del Decreto Ley N° 25868 no se aplica en sus dominios. ¿Por qué? Porque así lo deciden, porque les place, porque su jurisdicción exclusiva les confiere el poder de ignorar leyes a su medida.
- Las Municipalidades provinciales de Cajatambo y de Yauyos, sintiéndose como los amos del destino, rechazaron que la inscripción de vehículos se haga ante la SUNARP y sacaron sus propias ordenanzas: 04-MPC y 015-MPY. Más allá de inaplicar la Ley N° 28325 en sus provincias, se «autoautorizaron» a expedir licencias de conducir. ¿Por qué preocuparse por las regulaciones cuando puedes inventar las tuyas?
Estos ejemplos, más allá de lo chocante, encierran una verdad más profunda: existen autoridades que se han convertido en jueces y verdugos de la ley. Esta versión retorcida de la autonomía municipal revela cómo algunos políticos creen que el poder significa manipular el sistema en su propio beneficio.
Y así como de grave es el hecho que existan autoridades que se saltan con garrocha la legalidad, también lo es que se cobre por servicios que no se prestan o si los prestan, lo hacen de forma deficiente. Un claro ejemplo de ello es el cuidado de áreas verdes. Los vecinos pagan un tributo para que se mantengan verdes los parques y espacios públicos de su jurisdicción, sin embargo, es común ver en distintas partes que lo que en el catastro municipal figura como un parque, en la realidad es una pampa de terreno eriazo.
Pregunto ¿Para qué pagar por un servicio que no se recibe? ¿Es correcto iniciar un proceso de cobranza coactiva contra un vecino por falta de pago del tributo de áreas verdes si en la práctica no recibe el servicio? Huelgan comentarios.
Finalmente, reitero que poner coto a las clausuras arbitrarias, irracionales e ilegales es importantísimo, sobre todo por el impacto negativo que esta mala praxis tiene sobre las economías locales, no obstante, esta iniciativa no debe significar la caída del telón, sino el inicio del debate sobre cómo debe redefinirse el marco de acción de los gobiernos locales y su relación con servicios públicos de calidad en favor de sus vecinos.