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Fecha: 21 noviembre, 2024 Tipo de cambio : s/ 3.792

Empresa eléctrica de Arequipa realizó contrataciones irregulares para servicio de limpieza

SEAL habría ido en contra de lo estipulado por la Ley de Contrataciones del Estado, generando un perjuicio de S/162 000. Contraloría pidió a la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción el inicio de la acción penal contra los funcionarios y servidores comprendidos en el informe.
Paula Riolo Publicado 3:28 pm, 13 julio, 2023

La Sociedad Eléctrica del Sur Oeste (SEAL), distribuidora de energía en Arequipa, habría realizado contrataciones irregulares por montos menores a 8 UIT para el servicio de limpieza de locales de la ciudad, según el informe 012-2023-2-0617 de la Contraloría a la que accedió Vigilante.pe. Según el documento, se evidenció que los contratos simularon servicios distintos con la finalidad de eludir el cumplimiento de la Ley de Contrataciones del Estado.

De acuerdo al ente de control, los contratos tenían un monto total de S/162 000 para las empresas Representaciones Service S.R.L. y Work and Cleaning Services S.A.C, ambas de Arequipa. El monto sobrepasó el tope establecido para realizar contrataciones fuera del alcance de la normativa del Estado, por lo que correspondía realizar una contratación directa. No obstante, SEAL, según Contraloría, optó por adquirir los servicios, evadiendo la ley vigente de contratación.

Además de ello, se comprobó que ambas empresas no tenían la experiencia requerida para efectuar este tipo de servicios y, además, se encuentran relacionadas con la empresa Yakuk Services S.A.C, que presentó información falsa durante el concurso público para ganar el contrato de servicios de limpieza que, finalmente, fue otorgado a las empresas mencionadas líneas arriba.

El artículo 4 de la ley N° 30225, «Ley de contrataciones del Estado», especifica que «están sujetos a supervisión del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), los siguientes supuestos excluidos de la aplicación de la Ley: a) Las contrataciones cuyos montos sean iguales o inferiores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias, vigentes al momento de la transacción».

En ese sentido, correspondía a SEAL regirse mediante la normativa y contratar servicios de forma directa. Asimismo, se violó el artículo 21 de la misma ley, el cual estipula que deben respetarse los procedimientos de concurso público, los cuales incluyen una investigación previa a la contratación con la finalidad de garantizar que la documentación sea certera y que no existan relaciones con otras entidades, como ocurrió en este caso.

En el marco de este informe, la Contraloría recomendó al titular de SEAL, Paul Roland Rodríguez Ochoa, «realizar las acciones pertinentes a fin de que el órgano competente efectúe el deslinde de las responsabilidades que correspondan, de los funcionarios y servidores públicos de la Entidad comprendidos en el hecho observado». De igual manera, se pidió a la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción el inicio de la acción penal contra los funcionarios y servidores comprendidos en el informe.

 

Paula Riolo Periodista y redactora

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