Ley de contrataciones del Estado: ¿Para qué es útil?
Con el objetivo de transparentar todas las gestiones y contratos que ofrece el Estado con diferentes proveedores de bienes, servicios u obras, el Congreso aprobó la Ley 30225 o mejor conocida como la Ley de contrataciones del Estado. Si bien esta norma tiene vigencia desde hace muchos años, los peruanos somos testigos de cómo las autoridades no toman en consideración las estipulaciones de la ley, lo cual genera perjuicios económicos en contra del gobierno y permite que el dinero de los contribuyentes sea utilizado de manera indebida.
Para comprender los detalles de esta ley, tenemos que tener en cuenta que se rige con base a 4 principios fundamentales: Igualdad de trato, publicidad, transparencia y concurrencia. Esto hace posible que todos los postores de bienes o servicios tengan las mismas oportunidades de obtener un contrato con el Estado, pero también promueve que los procedimientos de postulación sean transparentes. Asimismo, permite que todos tengan conocimiento pleno de las convocatorias y estado de los procesos y, además, impulsa que estos contratos sean otorgados a la mejor oferta pública.
Las entidades públicas que están sujetas a las estipulaciones de la norma son todos aquellos ministerios y organismos públicos o programas adscritos a ellos, el Poder Legislativo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, gobiernos subnacionales, universidades públicas y cualquier empresa que pertenezca a los tres diferentes niveles de gobierno.
Para evitar que se transgredan los principios previamente mencionados, existen dos entes reguladores y supervisores de los procedimientos. El primero de ellos es el Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado (OSCE), el cual cumple la función de supervisar a detalle todos los procesos que involucren al Estado. Por otro lado, se encuentra el Sistema Nacional de Abastecimiento, el cual permite que todas las actividades de la Cadena de Abastecimiento Público se ejecuten de manera eficaz.
Como cada proceso, la Ley de contrataciones del Estado también plantea tres fases fundamentales para promover un contrato con el gobierno: actos preparatorios, selección y ejecución. Si bien todas son importantes, la fase de actos preparatorios tiende a ser la principal debido a que es en este punto en donde se determinan las necesidades, se evalúan presupuestos, se revisa el Plan Anual de Contrataciones, se determinan las características técnicas del contrato, se aprueban expedientes, se designa un comité de selección y se elaboran las Bases Administrativas.
Actualmente, existen montos mínimos y máximos por los que se puede contratar con el Estado. Estos se dividen en obras, bienes y servicios. En cuanto a las obras, las licitaciones públicas y las adjudicaciones simplificadas tienen un valor de referencia superior e inferior a S/2 800 000, respectivamente; mientras que las obras públicas tienen un monto base de S/4 300 000. La licitación de bienes tiene un monto mínimo de contratación superior a S/480 000, mientras que la adjudicación simplificada de bienes debe ser inferior al mismo monto. Por su parte, los servicios se contratan a través de concursos públicos, adjudicaciones simplificadas y contratación de consultores individuales. En el primer caso, el monto debe ser superior a S/480 000, mientras que, en el segundo caso, la cifra debe ser menor. En el último caso, el valor estimado debe ser inferior a S/60 000.