¿Daniel Salaverry cumple los requisitos para ser el nuevo presidente de PerúPetro?
Arquitecto de profesión y con una larga trayectoria política, sin embargo, ¿su perfil es idóneo para ser el nuevo presidente del directorio de una empresa pública adscrita al Ministerio de Energía y Minas como lo es PerúPetro?
El pasado domingo 9 de enero, los peruanos se llevaron una nueva sorpresa en relación a la designación de funcionarios públicos del Estado. Esta vez, el presidente de la República y el titular de la cartera de Energía y Minas nombraron al nuevo presidente del directorio de PerúPetro bajo la Resolución Suprema N° 002-2022-EM. El cargo actualmente lo preside Daniel Salaverry, no obstante, ¿se encuentra verdaderamente capacitado para ocupar este puesto?
Requisitos
No es ninguna novedad que para formar parte de cualquier puesto de trabajo deben existir requisitos mínimos que el postulante debe cumplir para poder ejercer adecuadamente sus funciones. El caso de PerúPetro no es la excepción. Sin embargo, es preciso mencionar que, de acuerdo al análisis del especialista en hidrocarburos y expresidente de la misma institución, Aurelio Ochoa, en muchas oportunidades existe «un vacío en la norma» que permite que personas que no cuentan con una profesión intrínsecamente relacionada al sector puedan formar parte del directorio.
El experto conversó con Diario Correo y expresó que la norma no especifica con claridad los requerimientos del puesto y que, por ese motivo, muchos profesionales de áreas como sociología o derecho han formado parte del directorio de PerúPetro, incluso cuando sus carreras no se encuentren vinculadas con el sector en cuestión.
De acuerdo a la Resolución Ministerial- Nº 105-2018-MEM/DM, misma que aprueba los lineamientos para la propuesta y/o designación de miembros del Directorio de las empresas públicas adscritas al Sector Energía y Minas, existen dos únicos requisitos que deben cumplirse para formar parte de los altos funcionarios de instituciones como PerúPetro.
- Contar con experiencia en gestión y/o con experiencia en la materia a desempeñar.
- Contar con título profesional y/o grado académico de maestría o doctorado
Por otro lado, según el artículo 13° de la Ley N° 26225 que aprueba la Organización y Funciones dentro de la compañía, se lee que «Los miembros del Directorio deberán ser personas con reconocida capacidad técnica y profesional en la materia a desempeñar y no deberán ser funcionarios o empleados públicos».
Ante esto, es posible comprender que lo dicho por Ochoa Alencastre tenga razón. Sin embargo, para evitar confusiones, la Contraloría General de la República anunció a través de su cuenta oficial de twitter que investigarán si Salaverry Villa cuenta con un perfil profesional idóneo para asumir este puesto.